Zonas escolares: 20 km/h y alto total por los menores

En zonas escolares, los conductores están obligados a: disminuir la velocidad a 20 km/h y extremar precauciones; tomar medidas de mayor precaución cuando un transporte escolar esté estacionado en la vía realizando maniobras de ascenso y descenso de niñas, niños y adolescentes y pretendan rebasarlo; ceder el paso a las niñas, niños y adolescentes efectuando alto total; no estacionarse en doble fila; y respetar la canalización dispuesta en el lugar. Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículo 176.