Vuelta a la izquierda en vías de doble sentido

En una vía de doble sentido de circulación, quien pretende dar vuelta a la izquierda está obligado a ceder el paso a los vehículos que circulan de frente. El conductor que gira espera un espacio seguro; el tránsito que viene de frente tiene la preferencia. (Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículo 243.)