Aliento alcohólico por debajo del límite: sanciones graduadas

El Reglamento gradúa las consecuencias cuando hay aliento alcohólico pero no se rebasan las tasas prohibidas. En la franja alta (tasa de alcohol en sangre entre 0.060 y 0.079 —todavía por debajo del límite—, con aire espirado inferior a 0.40 mg/L) proceden tres medidas: multa clasificada como grave, inmovilización cautelar del vehículo por representar un riesgo para la circulación —salvo que otra persona, requerida por el interesado, pueda hacerse cargo de conducir— y amonestación. Con tasas inferiores a esa franja, el conductor solo recibe una amonestación. Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículo 331.