Dos regímenes: con lesionados vs solo daños

El Reglamento separa los accidentes en dos regímenes. Con lesionados o fallecidos (art. 399): permanecer, auxiliar, procurar el aviso al personal de auxilio, no mover a víctimas ni cuerpos, colocar señalamiento preventivo, cooperar — e irse sin regresar es abandono de víctima y/o fuga. Con solo daños materiales (art. 400): detenerse de inmediato, permanecer e informar a la Secretaría — irse es infracción grave (art. 446).

Lo que comparten: en todo accidente debes detenerte, quedarte en el lugar y procurar el aviso a la autoridad. Lo que cambia es todo lo que protege a las víctimas — esos deberes solo existen cuando hay lesionados o fallecidos. Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículos 399, 400 y 446.