Inmovilización por no tener seguro
Los agentes pueden inmovilizar el vehículo del conductor que incumpla la Ley o el Reglamento y por ello represente un riesgo grave para la circulación, las personas o sus bienes. La inmovilización procede en dos casos: cuando el conductor se niega a las pruebas de detección de intoxicación por alcohol, drogas, psicotrópicos y sustancias similares, y cuando el vehículo no cuenta con la póliza de seguro contra daños.
Los gastos que origine la inmovilización corren por cuenta del propietario del vehículo, sin perjuicio de su derecho de repetir contra el conductor responsable que dio lugar a la medida. Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículo 472.