No mover a lesionados ni a personas fallecidas

Cuando hay lesionados, no deben ser movidos ni desplazados — a menos que sea estrictamente necesario para evitar que se agraven, o cuando hayan quedado en un lugar de peligro inminente.

Cuando hay personas fallecidas, los cuerpos no se deben mover hasta que la autoridad competente lo disponga. Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, Artículo 399.